Cero tolerancia ante el feminicidio

El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Las expresiones y actos de violencia en las relaciones sociales son fenómenos extendidos y de gran preocupación a nivel global, por sus nocivas consecuencias para la convivencia humana.

A propósito, quiero referirme en esta oportunidad al feminicidio, la manifestación más extrema del abuso y la violencia de hombres hacia mujeres.

Es un acto que, en los últimos tiempos, desafortunadamente, eleva sus índices, ya sea por agresiones físicas, la violación, la maternidad forzada o la mutilación genital.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), «la mayoría de los casos de feminicidio son cometidos por parejas o exparejas, e implican abusos continuos en el hogar, amenazas o intimidación, violencia sexual o situaciones en las que las mujeres tienen menos poder o menos recursos que sus parejas».

Los feminicidios se dividen en dos categorías: feminicidios íntimos y no íntimos.

El primero se refiere al asesinato de mujeres por parte de las parejas o exparejas, mientras que el segundo resume el asesinato de mujeres a manos de personas con las que no tenían una relación íntima.

Las leyes vigentes, fortalecidas con la reforma jurídica y judicial acontecida recientemente en el país, también velan por la protección a las víctimas o perjudicados debido a cualquier tipo de manifestación de violencia o discriminación de género o familiar, calificada por la Ley del Proceso Penal, del 28 de octubre de 2021, como el maltrato físico, psíquico o patrimonial, por acción u omisión, al tiempo que entre las medidas cautelares incluyó la prohibición de acercamiento a la víctima, perjudicado, familiares o personas allegadas.

Por su parte, la Ley No. 151, Código Penal, del 15 de mayo de 2022, y que entró en vigor a finales de noviembre del propio año, reforzó la respuesta para quienes cometan delitos contra la vida, e implementó sanciones más rigurosas, frente a todos los actos de violencia de género, discriminación, por razón de odio, identidad sexual, color de la piel, religión, orientación sexual, entre otros factores.

Existen en nuestro país diversos documentos, proyectos y normas encaminadas al respaldo del tema en cuestión, desde la propia constitución de la República hasta la implementación del Programa Nacional para el Adelanto de las Mujeres.

Inés María Chapman Waugh, viceprimera ministra, comentó que no hacemos nada si no trabajamos en la educación de las personas desde la infancia, en una cultura general integral y en el trabajo social en las comunidades, y destacó que, desde los Ministerios de Educación y Educación Superior, se trata el adelanto y la igualdad de la mujer con cátedras en las universidades que hacen estudios sobre situaciones en nuestra sociedad y, a su vez, educan.

Sin embargo, mi pregunta es ¿qué más podemos hacer? ¿cuánto más podemos realizar en esta lucha incansable en una sociedad que lejos de reducir cifras, aumentan?

La Fiscalía General de la República presentó la propuesta de un Registro Administrativo Interoperable que posibilitará fortalecer la prevención, con énfasis en la atención a los menores de familias sujetas de femicidios, el diseño de las políticas públicas y los trabajos comunicacionales en relación con el tema.

Este sistema interoperable, funcionando adecuadamente, nos permitirá ser más efectivos, sobre todo en la prevención, y dar un seguimiento a cada caso, aunque el proceso no esté terminado.

Las mejores prácticas, pienso, incluyen grupos de trabajo especializados que laboran para la reducción de los feminicidios y el enjuiciamiento de los abusadores.

Aún cuando existen y la tarea no cesa siempre se debe reforzar en cada territorio del país, una línea ayuda y directa para mujeres víctimas de violencia.

Pero, creo que para reducir la violencia de género en todas sus formas, las normas culturales y sociales deben cambiar.

Meylin Pérez Guzmán
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