El Poder Popular es la forma concreta que ha adoptado la organización del Estado cubano. La Constitución de 2019 introdujo cambios en su estructura, que acá te explicamos.

La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del Estado, representa a todo el pueblo y expresa su voluntad soberana. Es el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República.

El Presidente de la República es el Jefe del Estado. Es elegido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de entre sus diputados, por un período de cinco años, y le rinde cuenta a esta de su gestión.

El Consejo de Estado tiene carácter colegiado, es responsable ante la Asamblea Nacional del Poder Popular y le rinde cuenta de todas sus actividades. El Consejo de Ministros es el máximo órgano ejecutivo y administrativo y constituye el Gobierno de la República.

Por tanto, el Primer Ministro es el Jefe de Gobierno de la República. Es designado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, a propuesta del Presidente de la República, por un período de cinco años.

El Tribunal Supremo Popular -y los demás tribunales que la ley instituye- ejerce en nombre del pueblo la función de impartir justicia.

La Fiscalía General de la República ejerce el control de la investigación penal y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado. También vela por el estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y otras disposiciones legales.

La Contraloría General de la República vela por la correcta y transparente administración de los fondos públicos y el control superior sobre la gestión administrativa.

El Consejo de Defensa Nacional tiene como misión fundamental organizar, dirigir y preparar al país, desde tiempo de paz, para su defensa.

El Consejo Electoral Nacional organiza, dirige y supervisa las elecciones, consultas populares, plebiscitos y referendos que se convoquen.

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