Elecciones 2012
Tomado de Granma Digital
Corresponde a la ciudadanía con derecho al sufragio revisar sus datos en las listas de electores y solicitar la subsanación de errores que en ellas aparezcan
Concluido el proceso de nominación con vistas a la elección de los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular, el próximo 21 de octubre, en primera vuelta, y el 28, donde sea necesaria una segunda, continúan en ejecución varias tareas que garantizarán la exitosa realización de los comicios.
Desarrollado del 3 al 29 de septiembre pasado en masivas y democráticas asambleas, en las que fueron propuestos y decididos por sus vecinos los más de 32 mil 300 candidatos entre los que serán elegidos los representantes del pueblo en los órganos municipales del poder estatal, corresponde en estas casi tres semanas a las autoridades electorales y a la propia población con derecho al sufragio, ultimar detalles para asegurar las condiciones de la votación.
Los miembros de las comisiones electorales, desde la nación hasta las de circunscripción, trabajan intensamente en las precisiones para el cumplimiento de lo establecido en la Ley Electoral y sus reglas complementarias, que incluye por estos días, hasta el viernes 12, la capacitación de los miles de miembros de las mesas electorales que conducirán la votación en los miles de colegios definidos en las 14 mil 537 demarcaciones en que, con este fin, se ha dividido el país.
En tanto, corresponde a la ciudadanía, revisar las listas de electores, expuestas desde el pasado 21 de septiembre en lugares céntricos de cada localidad, para comprobar hasta el próximo 9 de octubre, los datos que en ellas aparecen y solicitar, si se requiere, la inclusión o exclusión de algún elector, o subsanar cualquier tipo de error, con su Comisión Electoral de Circunscripción o en las oficinas del Carné de Identidad y Registro de Población de su demarcación, cuyos jefes son los responsables del Registro de Electores, y que, como se conoce es de oficio y tienen carácter público y permanente.
Los datos que se recogen en este Registro y, por ende, en las listas de electores son el nombre y apellidos de cada ciudadano que puede ejercer el derecho al voto, su número de identidad permanente y el domicilio.