Elegir es un compromiso con la patria

El proceso de elección de los delegados a la Asamblea Nacional del Poder Popular en Cuba es autóctono, genuino, propio, no es copia de ningún otro. Es fruto de la historia de lucha de nuestro pueblo, de la herencia recibida de lo más preclaro del pensamiento político-social de nuestros próceres, en particular del legado de José Martí. Se corresponde con la idiosincrasia del pueblo, su cultura, educación, tradiciones.

La esencia del Sistema Político Cubano pone énfasis en la incorporación auténtica del conjunto de la sociedad a la toma de decisiones. El debate de los asuntos de interés público, desde los de trascendencia nacional hasta los locales, contribuyen a la unidad y es un punto de partida para la adopción y aplicación de medidas prácticas.

Las elecciones cubanas tienen una fuerte base ética que se expresa en su transparencia y control popular y está contenida en normas que rigen los procesos electorales los cuales son ajenos a manifestaciones de demagogia y politiquería en correspondencia con el carácter de la propaganda y la divulgación. El sistema electoral cubano en el caso de las elecciones para Delegados a las Asambleas Municipales se puede nominar o postular, en cada circunscripción, entre dos u ocho candidatos conforme establece la Ley Electoral. Siempre debe de haber por lo menos dos candidatos postulados en cada circunscripción y se vota, el día de las elecciones, por un solo candidato. 

La divulgación la realizan las Comisiones Electorales con un profundo sentido cívico y ético. Las urnas son custodiadas simbólicamente por niños y adolescentes.  Los elegidos tienen la obligación de rendir cuenta de su actuación ante los electores. Los elegidos pueden ser revocados en cualquier momento de su mandato por las causas y según el procedimiento establecido en la ley. Los Delegados no son profesionales en su función; mantienen la actividad laboral que desempeñan y sólo excepcionalmente, y mientras dure su mandato, devengan su salario por la respectiva Asamblea como es el caso de los Presidentes y Vicepresidentes. El Sistema Político Cubano garantiza que el pueblo sea el protagonista principal del sistema, y cada ciudadano la razón principal de su existencia.  El pueblo ejerza el verdadero poder. 

El conjunto de la sociedad se incorpore de manera auténtica a la toma de decisiones.  Todos los ciudadanos, con capacidad legal para ello, puedan ejercer el derecho a intervenir en la dirección del Estado. La democracia socialista cubana se perfeccione constantemente. Se cumpla el principio martiano de que «solo echan raíces en las naciones las formas de gobierno que nacen de ellas»

Un derecho que tenemos

En las elecciones cubanas el pueblo propone y nomina, El pueblo elige,  revoca, controla, participa con sus representantes en las principales decisiones. Los Diputados a la Asamblea nacional y los Delegados de las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular no reciben salario por realizar esas funciones. Hasta el 50% de los miembros de la Asamblea Nacional del Poder Popular son Delegados de las Asambleas Municipales del Poder Popular. La Asamblea Nacional del Poder Popular es el único órgano con facultad constituyente y legislativa. Las leyes no pueden ser vetadas por el Ejecutivo. El Presidente del país no puede disolver la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Las organizaciones de masas poseen iniciativa legislativa. Nuestro Sistema Político, que consagra el poder del pueblo, es la principal conquista que debemos salvar, porque de él dependen todas las demás. El derecho al sufragio se trata de un derecho constitucional. Es el derecho a elegir y ser elegido. Puede ser sufragio activo y sufragio pasivo. Sufragio activo: Es el derecho a elegir; lo tienen todos los cubanos que hayan cumplido 16 años de edad y reúnan los requisitos establecidos por la Constitución y la ley. Sufragio pasivo: Es el derecho a ser elegido; lo tienen todos los cubanos que hayan cumplido 16 años de edad, salvo en el caso de los Diputados para lo cual se requiere tener 18 años y reunir los demás requisitos. Para ejercer el voto debe cumplir con varios procedimientos. Usted debe verificar  su inscripción en la Lista de Electores, la cual estará  expuesta en lugares  visibles y de mucha concurrencia en su comunidad, de no estar en dicha lista debe  dirigirse a la comisión electoral de circunscripción o  a las organizaciones de masas del territorio.

El día de la votación (26 de noviembre) podrá ejercer el derecho al voto desde las 6 de la mañana  hasta las 6 de la tarde. Los electores deben presentar su carnet de identidad, Tarjeta de menor para los casos de arribantes a 16 años o Documento de Identidad de las FAR o Documento que emita la Oficina de trámites cuando usted no posea documento de identidad por cualquier razón que no constituya una incapacidad legal para el ejercicio del derecho al sufragio activo. De no encontrarse en la lista y residir de manera permanente en la circunscripción, Ud. debe pedir ejercer su derecho al voto y que se incluya su nombre, con sus dos apellidos, dirección y carné de identidad, número de zona y CDR en el modelo de inclusión. Antes de votar la mesa está obligada a enseñar a cada elector de cómo se ejerce su derecho al sufragio.

Usted debe firmar con tinta donde se encuentra inscripto en la Lista de electores o modelo de inclusión como constancia de que asistió a ejercer su derecho al voto. Cuando se le entrega la boleta vacía y doblada debe proceder a votar en los cubículos preparados para ello en el colegio electoral. Usted debe votar por un solo candidato de los que figuran en la boleta, escribe una X, junto al nombre del candidato al que confiere su voto, a continuación debe doblar la boleta e introducirla en la urna. En caso de impedimento físico y necesite ayuda puede auxiliarse de otra persona que usted  seleccione, siempre que no sea un candidato nominado, ni miembro de la Mesa electoral u otra autoridad electoral. En caso de que usted por algún impedimento físico o enfermedad no pueda asistir al colegio, puede solicitar a la mesa electoral que se le facilite el ejercicio de su derecho al voto en su domicilio u otro lugar donde se encuentre; un miembro de la mesa electoral podrá llevarle la boleta y podrá ejercer el voto. En caso de que usted advierta que ha marcado erróneamente la boleta, podrá solicitar se le entregue otra boleta, previa devolución de la anterior. El pueblo cubano en las elecciones cumple el precepto del líder histórico de la Revolución cubana “El Estado tiene que administrarlo las masas a través de sus órganos del Poder Popular”.