San Antonio de los Baños, Artemisa, Cuba-Desde el Primero de enero de 2013 los trabajadores por cuenta propia de todo el país disfrutarán de nuevos beneficios fiscales, para continuar flexibilizando las posibilidades de esa forma de empleo que ahora, al llenar la Declaración Jurada del Impuesto sobre ingresos personales, en lugar de 5 000 pesos, se podrá restar 10 000 del total de ingresos anuales obtenidos.
Asimismo, se concederá una bonificación consistente en el descuento de un 20 por ciento de la cantidad a pagar por el Impuesto sobre el Transporte Terrestre, para quienes liquiden sus deudas antes del 28 de febrero de cada período fiscal.
Entre los nuevos beneficios, que recibirán los cuentapropistas desde el Primero de enero de 2013, aparece el disfrute de una bonificación del 10 por ciento de la cuantía a pagar por Tasa de Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial, para quienes aporten anticipadamente la totalidad anual de ese tributo, dentro del primer mes fijado para hacerlo.
Los que se inicien en esa modalidad de empleo serán eximidos en los tres primeros meses del pago de tributos como: impuestos sobre rentas, sobre los servicios, por la utilización de la fuerza de trabajo y las cuotas mensuales a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, pero sí pagarán la Contribución a la Seguridad Social.
Este bien llegará a los cuentapropistas que se reincorporen, siempre que hayan transcurrido treinta y seis meses de haber causado baja del sector.
Por último, se mantiene la bonificación de un 5 por ciento de la cuantía a pagar que resulte de la Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Personales, para quienes declaren también antes del 28 de febrero.

